Legislación

Ayudas ayuntamientos para gastos de funcionamiento y personal de juzgados de paz

Ayudas:

  • Concesión de ayudas a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para gastos de funcionamiento de los juzgados de paz, incluidos los gastos ocasionados por el personal no funcionarial que ostenta la secretaría, correspondientes al ejercicio 2024 (DOGV 9874 publicado el 19/09/2024).

Plazos gastos de funcionamiento: de solicitud del 20 de junio al 19 de julio de 2024; de justificación del 1 de julio al 30 de septiembre de 2024.

Plazos gastos de personal: de solicitud del 20 de junio al 19 de julio de 2024; de justificación del 1 al 31 de octubre de 2024.

Beneficiarios: los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana en cuyo municipio tiene su sede un

Juzgado de Paz.

Enlace DOGVEnlace a la sede electrónica para la solicitud y justificación telemática de gastos de funcionamiento

 Enlace a la sede electrónica para la solicitud y la justificación telemática de gastos de personal

Subvenciones programas que fomentan la igualdad

Ayudas:

  • Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para el desarrollo de programas que fomenten la igualdad entre mujeres y hombres y/o la inserción laboral de las mujeres para el ejercicio 2024 (DOGV 9868 publicado el 11/06/2024).

Plazo de Solicitud: del 12 de junio al 3 de julio de 2024.

Beneficiarios: estudiantes de hasta 35 años que dispongan de las siguientes titulaciones, sin que hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios correspondientes: Grado
en Derecho (2) Grado en Criminología (1) Grado en Sociología (1).

Enlace DOGV y Enlace a la sede electrónica para la presentación telemática

Becas:

  • Convocatoria de cuatro becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Atención a las Víctimas y Acceso a la Justicia. La Conselleria de Justicia e Interior nos pide que hagamos la difusión entre las entidades locales. (DOGV 9870 publicado el 13/06/2024).

Plazo de Solicitud: del 14 al 28 de junio de 2024.

Beneficiarios: Entidades locales que desarrollen programas cuya finalidad sea la promoción y fomento de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la inserción laboral de las mujeres, y que en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes dispongan de un plan de igualdad vigente.

Enlace DOGV y Enlace a la sede electrónica para la presentación telemática

Subvenciones materiales policía local acondicionamiento caminos rurales

Ayudas:

  • Convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de los gastos derivados de la adquisición de medios materiales destinados a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local (DOGV 9865 publicado el 06/06/2024).

Plazo de Solicitud: del 7 de junio al 6 de agosto de 2024.

Beneficiarios: los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local.

Enlace DOGV y Enlace a la sede electrónica para la presentación telemática.

Ayudas:

  • Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para obras de acondicionamiento de caminos rurales, para el ejercicio 2024 (DOGV 9866 publicado el 07/06/2024).

Plazo de Solicitud: del 8 de junio al 8 julio de 2024.

Beneficiarios: municipios y entidades locales menores (ELM) que mantengan personalidad jurídica propia. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por entidades que hayan sido beneficiarias de estas ayudas en la convocatoria del ejercicio 2023.

Enlace DOGV y Enlace a la sede electrónica para la presentación telemática.

Subvenciones patrimonio y dinamización cultural

Ayudas:

  • Convocatoria de subvenciones destinadas a promover la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio y la dinamización cultural, y la adecuación y la renovación de bienes y espacios municipales de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2024 (DOGV 9863 publicado el 04/06/2024).

Plazo de Solicitud: del 5 de junio al 4 de julio de 2024.

Beneficiarios: Los municipios y las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana que acrediten la titularidad pública o privada de los bienes, siempre que, en este último caso, la actuación municipal revista especial significación para el municipio, y que con ella se cumpla con un objetivo de utilidad pública o de interés social.

Enlace DOGV y Enlace a la sede electrónica para la presentación telemática

Ayudas al fomento del uso del valenciano en las emisoras locales revistas de investigación y revistas de tematica especializada o de caracter local o comarcal

El día 8 de  mayo del 2024 se publicó en el DOGV la convocatoria de ayudas de la Academia Valenciana de la Lengua (AVL) del fomento del uso del valenciano en las emisoras locales de radio, en las revistas de investigación y en las revistas de temática especializada o de carácter local o comarcal.

Desde la Oficina de Promoción del Valenciano de la FVMP informamos de todas las iniciativas y subvenciones relacionadas con la promoción lingüística del valenciano. Es por eso que os hacemos conocedores de esta convocatoria para su difusión en vuestro municipio.

Adjuntamos el enlace a las bases de la convocatoria para más información:

https://dogv.gva.es/datos/2024/05/08/pdf/2024_4015.pdf

Subvenciones para la lucha contra el mosquito tigre en el ejercicio 2024

Ha sido publicado en el DOGV núm. 9846 de fecha 10/05/2024, RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2024, del conseller de Sanidad, de convocatoria de subvenciones para la lucha contra el mosquito tigre en el ejercicio 2024: https://dogv.gva.es/datos/2024/05/10/pdf/2024_4181.pdf

Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar a los municipios de la Comunitat Valenciana, directamente o a través de las mancomunidades y consorcios en los que estén integrados, la realización de la campaña para el control del mosquito tigre, que deberá efectuarse necesariamente en el año 2024.

De acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria, se hará frente a los gastos de los tratamientos de lucha contra el mosquito tigre (Aedes albopictus) en los municipios de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarios.

1. Podrán acceder a las subvenciones contempladas en esta convocatoria los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana, las mancomunidades y los consorcios en los que estén integrados en los que se haya detectado la presencia de este vector (Aedes albopictus) o con mayor riesgo de ser colonizados por el mismo. Los municipios en los que se haya detectado la presencia de este vector serán comunicados a la Federación Valenciana de Municipios y Provincias por la dirección general con competencias en materia de salud pública y adicciones de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

2. Estas entidades, además de cumplir los requisitos generales establecidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, deberán acreditar los requisitos establecidos en artículo 4 de la citada Orden 4/2018.

3. Las subvenciones reguladas en esta convocatoria serán compatibles con cualquier otra que, para la misma finalidad, sean convocadas por cualquier administración o entidad pública o privada.

4. Aquellas entidades cuyo sistema de admisión, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad entre mujeres y hombres no podrán ser beneficiarias de la subvención. Documentación.

La solicitud deberá realizarse por la sede electrónica de la FVMP, https://fvmp.sedelectronica.es/info.0 de acuerdo a los documentos y formularios de solicitud que en ella se incluyen.

FASE DE SOLICITUD.

Documentación y Formularios: Solicitud de la subvención.

a) Anexo I de esta convocatoria, suscrita por el alcalde/sa presidente/a del ayuntamiento, mancomunidad o consorcio. Si a lo largo del periodo temporal que abarca la presente convocatoria a
la entidad se le concediesen subvenciones para el mismo fin de otros entes públicos o privados, deberá comunicarlo a la FVMP, y a la dirección general con competencias en materia de Salud Pública.

b) El proyecto técnico de actuación para la realización de la campaña. Deberá incluir, el “Presupuesto de la actividad” deberá identificar de manera inequívoca que el gasto se refiere al control del mosquito tigre.

En el caso de mancomunidades y consorcios, deberá aportarse los planos cartográficos de cada uno de los términos municipales que lo integran, con señalización descriptiva de zonas y puntos a tratar.

c) Anexo II de esta convocatoria incluyendo la siguiente información proporcionada por parte de la empresa que realizará el tratamiento, en formato (pdf) En todo momento, se tendrán presentes las exigencias previstas al efecto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La FVMP revisará las solicitudes para que todos los datos y documentos exigidos en la convocatoria figuren en el expediente. Si la solicitud estuviera incompleta, la FVMP comunicará a la entidad solicitante las deficiencias para que sean subsanadas con la advertencia de que, si no lo hicieran, se archivará el expediente sin más trámite.

No obstante, se informa que esta Resolución es conforme a la Orden 4/2018, de 4 de julio, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al tratamiento de lucha contra el mosquito tigre en los municipios de la Comunitat Valenciana, directamente o a través de las mancomunidades y consorcios en los que estén integrados.

Dada, la importancia de la Orden 4/2018, de 4 de julio, resaltamos la atención al Artículo 4. Requisitos de las entidades beneficiarias y sus obligaciones y al Artículo 16. Plazo y forma de justificación de las subvenciones a las entidades beneficiarias que deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.